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Cobro del Plan de Pensiones "Modalidades“

Enviado por: Gestion Demadi
Categoria: Fiscal
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PARA DISFRUTAR DE LA REDUCCIÓN DEL 40%, EL REINTEGRO EN FORMA DE CAPITAL DEBE REALIZARSE EN EL AÑO DE LA JUBILACIÓN O EN LOS DOS SIGUIENTES [LIRPF, D.T. 11.3.ª] . IRPF

Jubilación y cobro del plan de pensiones

Cuando sus clientes con planes de pensiones se acercan a la edad de jubilación, es habitual que le planteen dudas sobre la mejor forma de percibir la prestación. Vea los aspectos más importantes a tener en cuenta para obtener el máximo ahorro fiscal…

Cobro inmediato

Planificación del cobro

Forma de cobro. Si alguno de sus clientes se va a jubilar pronto y desea cobrar la prestación de su plan de pensiones, infórmele de que puede cobrarla de forma muy flexible: en forma de capital, de renta, combinando capital y renta, e incluso sin periodicidad. En cuanto a su tributación en el IRPF, variará en función de la opción elegida:

  • Las cantidades que cobre en forma de renta se integrarán en el IRPF del año de cobro como rendimientos del trabajo, sin reducción alguna [LIRPF, art. 17.2.a] .
  • Las cantidades que cobre en forma de capital también se considerarán rendimientos del trabajo en el ejercicio de cobro. Pero, en este caso, las que correspondan a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 disfrutarán de una reducción del 40% [LIRPF, D.T. 11.3.ª] . Instrucciones al bancoSi no lo hace así, el banco interpretará que las primeras cantidades retiradas corresponden a las aportaciones más antiguas (las anteriores a 2007), y su cliente las estará “gastando” (de forma que si después retira alguna cantidad en forma de capital, ya no podrá aplicar dicha reducción del 40% por su totalidad).
  • Ejemplo 1. Su cliente se va a jubilar el 1 de noviembre de 2017, y hasta entonces (entre enero y octubre) habrá percibido un salario de 60.000 euros. A partir de ese momento cobrará una pensión de la Seguridad Social de 2.000 euros mensuales (por 14 pagas) y 500 euros de su plan:
  • Por escrito. A estos efectos, indique a su cliente que dé instrucciones a su banco conforme las primeras prestaciones en forma de renta sean imputadas a aportaciones realizadas a partir de 2007, y que la cantidad que se retire en forma de capital en 2018 se impute a aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006.
  • Planificación del cobro. Por ejemplo, si se va a jubilar a finales de 2017 y quiere empezar a cobrar su plan de forma inmediata, recuperando además las aportaciones realizadas hasta 2006 en forma de capital (para disfrutar de la reducción del 40% indicada), recomiéndele que empiece a cobrar en 2017 sólo en forma de renta, y que espere a 2018 para cobrar la prestación en forma de capital. Así tributará menos, ya que el tipo marginal de su IRPF en 2018 seguramente será inferior al de 2017 (año en el que todavía habrá cobrado un salario y sus rentas serán más elevadas).
Autor: Gestion Demadi

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