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¿Cuándo es obligatorio presentar el modelo 184?

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¿Cuándo es obligatorio presentar el modelo 184?
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El modelo 184 es una declaración informativa que se tiene que presentar de forma anual por las entidades en régimen de atribución de rentas. El mismo aporta información vinculada con las rentas atribuibles a sus herederos, socios, comuneros o partícipes, y residentes o no en territorio español.

Esto quiere decir que todas las entidades en régimen de atribución de rentas deben presentar la declaración que corresponde al modelo 184. Así como, las atribuciones de rentas conformadas en el extranjero con presencia en territorio español también tienen que presentarla.

Sin embargo, existen algunos casos en los que no es necesario presentar esta declaración de manera formal. Esta situación sobre todo se presenta con las entidades constituidas en territorio español o fuera de él que no realizan ninguna actividad económica.

Pero si quieres saber más sobre el modelo 184 y cuándo hay que presentarlo y cuándo no, quédate en este artículo y lo comprenderás al pie de la letra. También, podrás conocer más detalles sobre esta declaración, te enterarás de quién debe presentarlo y cómo es todo el proceso.

¿Qué es el modelo 184?

El modelo 184 fue aprobado como una declaración tributaria informativa obligatoria. Esto quiere decir que en esta declaración no se liquida ningún tipo de impuesto ni tampoco se produce una obligación de pago o devolución.

Las entidades en régimen de atribución de rentas son las responsables de presentar esta declaración informativa. Estas entidades no tributan de manera directa, sino que actúan como sus partícipes los que tributan de acuerdo con los resultados que les sean imputables en la cosa común.

Es obligatorio presentar el modelo 184 ante Hacienda, aunque sólo para informar las actividades realizadas por las entidades en régimen de atribución de rentas. Estas entidades no son sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades y sus socios son quienes tienen que tributar.

En el modelo 184 la declaración tiene que identificar a todos los miembros de la comunidad, además de detallar las cantidades que le corresponde a cada uno de estos. Esto se debe al coeficiente de reparto que le toque por las rentas.

En el modelo 184 se declaran los ingresos que provienen del capital inmobiliario y mobiliario. Como así también, las ganancias patrimoniales y las actividades económicas y las de pérdida.

¿Cuál es el fin del modelo 184?

El modelo 184 tiene como objeto proporcionar información anual a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta información se vincula con las rentas atribuibles a sus herederos, comuneros, socios o partícipes, ya sea si residen o no en territorio español.

Es completamente obligatorio presentar esta declaración anual para todas aquellas entidades que están en atribución de rentas. Dentro de las cuales, cada socio tributa según los resultados que se le imputen a cada uno declarando solamente el porcentaje que posean de la entidad.

Es posible que estos resultados sean de estimación directa y, en este caso, se presentan en el Modelo 130 y de estimación objetiva que se presentan en el modelo 131.

Sin embargo, estas entidades no tributan por Impuesto de Sociedades, ya que no tienen personalidad jurídica propia. Aunque hay excepciones, como es el caso de las sociedades civiles cuyo fin es mercantil, estas sociedades presentan el Modelo 200 correspondiente al Impuesto de Sociedades, y no el Modelo 184.

¿Quién debe presentar el modelo 184?

Por ley se establece quién es el encargado de presentar el modelo 184. El mismo tiene que ser presentado por las entidades en régimen de atribución de rentas, como estas:

  • Las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las comunidades de propietarios o las herencias yacentes. También, lo tienen que presentar las entidades que formen una unidad económica separada o un patrimonio y las atribuciones de rentas conformadas fuera del territorio español, aunque que tienen presencia en él
  • Las entidades que están constituidas fuera del territorio español no están obligadas a presentar el modelo 184. Pero esto se reduce para las entidades que obtienen rentas en él sin desarrollar una actividad económica
  • No están obligadas a presentar el modelo 184 aquellas entidades que se encuentran en régimen de atribución de rentas que no ejerzan actividades económicas. Siempre y cuando las rentas no superen los 3.000 euros anuales

 

 

Autor: Demadi

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