Impuesto de Sociedades en 2025: Tipos, Obligaciones y Novedades

El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un pilar fundamental dentro del sistema fiscal español, ya que incide directamente en las entidades con personalidad jurídica, gravando sus beneficios netos independientemente del sector en el que operen. Su correcta planificación y gestión no solo garantiza el cumplimiento de las normativas fiscales, sino que también permite a las empresas optimizar su carga tributaria y aprovechar los incentivos fiscales disponibles.
Si has decidido emprender una actividad con socios y constituir una sociedad mercantil, el IS será una de las obligaciones fiscales clave que deberás gestionar para asegurar la viabilidad financiera y el cumplimiento tributario de tu negocio.
En este artículo, te explicamos en detalle qué es el IS, cómo se calcula, cuáles son sus plazos de presentación y qué novedades se aplicarán en 2025. Además, analizamos su impacto en la planificación fiscal de las empresas y cómo puede influir en su rentabilidad a largo plazo.
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades es un tributo directo y de carácter personal que grava la renta obtenida por sociedades y otras entidades jurídicas, con independencia de la fuente de sus ingresos. Su regulación está contemplada en la Ley del Impuesto sobre Sociedades y su aplicación tiene un devengo periódico.
¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades?
El cálculo del IS parte de la renta total generada por la sociedad, tanto en España como en el extranjero, de acuerdo con los tratados de doble imposición aplicables. La base imponible se determina deduciendo de los ingresos totales los gastos fiscalmente deducibles. Además, las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores pueden compensarse con la base imponible positiva del ejercicio corriente.
Sobre esta base imponible se aplica el tipo impositivo correspondiente, obteniendo la cuota íntegra. Posteriormente, se aplican bonificaciones y deducciones fiscales, lo que genera la cuota líquida.
Finalmente, tras restar las retenciones y pagos fraccionados efectuados, se determina la cantidad final a abonar.
Presentación y Plazos del Impuesto sobre Sociedades
Las sociedades deben presentar el IS mediante los siguientes modelos:
- Modelo 202: Pago fraccionado en abril, octubre y diciembre, equivalente al 18% de la cuota del Modelo 200 del ejercicio anterior.
- Modelo 200: Declaración anual del IS, a presentar del 1 al 25 de julio si el ejercicio fiscal coincide con el año natural. Su presentación es obligatoria incluso si la sociedad no ha desarrollado actividad durante el ejercicio.
- Modelo 220: Aplicable a grupos de sociedades sujetos al régimen de consolidación fiscal.
Para garantizar la seguridad y autenticidad de la presentación, es obligatorio el uso de un certificado electrónico cualificado, como el Certificado Digital de Representante ante las Administraciones Públicas. Este puede obtenerse a través de entidades certificadoras oficiales como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
Empresas Obligadas y Exenciones
Deben tributar por el IS todas las entidades con personalidad jurídica, incluyendo:
- Corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público.
- Sociedades mercantiles, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades agrarias, sociedades laborales, mutualidades de previsión social, consorcios y juntas de compensación.
- Fondos de inversión, uniones temporales de empresas, fondos de capital riesgo, fondos de pensiones, fondos de titulización y fondos de activos bancarios.
Exenciones:
- Entidades del sector público (Estado, comunidades autónomas, Banco de España, Seguridad Social, etc.).
- Organizaciones parcialmente exentas: ONG, colegios profesionales, asociaciones empresariales, sindicatos y cámaras oficiales.
Novedades del Impuesto sobre Sociedades en 2025
1. Mantenimiento del Tipo Reducido del 23%
El tipo impositivo del 23% se mantiene para sociedades con una facturación inferior a 1 millón de euros, favoreciendo a las pequeñas empresas y fomentando su competitividad.
2. Incentivos para la Inversión en Vehículos Eléctricos
Se prolonga la amortización acelerada para la adquisición de vehículos eléctricos nuevos (FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV) destinados a actividades empresariales, permitiendo aplicar un coeficiente de amortización lineal multiplicado por 2. Este incentivo fiscal se limita a sociedades con actividad económica real y aplicable exclusivamente a activos nuevos que formen parte de la operativa de la empresa.
3. Tributación Mínima
- Empresas con una facturación de al menos 20 millones de euros deben tributar un mínimo del 15% sobre su base imponible ajustada.
- Entidades sin fines de lucro tributan al 10%.
- Fondos de inversión colectiva tributan al 1%.
- Fondos de pensiones tributan al 0%.
- SOCIMIS (Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) tributan conforme a su régimen especial.
- Para entidades de nueva creación sujetas al tipo reducido del 15%, la tributación mínima se fija en el 10% de la base imponible.
Sociedades de inversión colectiva (SICAV): 1%.Conclusión
La normativa del Impuesto sobre Sociedades es compleja y su aplicación incorrecta puede derivar en sanciones o inspecciones fiscales.
El Impuesto sobre Sociedades en 2025 mantiene su estructura general con tipos diferenciados según la naturaleza de la entidad y sus circunstancias.
La gestión fiscal eficiente y el cumplimiento de los plazos de presentación son fundamentales para evitar sanciones y maximizar los beneficios fiscales.
Si quieres garantizar una gestión fiscal eficiente y evitar sanciones, contar con el respaldo de asesores fiscales especializados es esencial.
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