La Agencia Tributaria sigue descontando de las devoluciones de la renta que quedan por abonar a los autónomos todas las deudas por impuestos, sanciones u otros pagos de casicualquier administración del Estado que tuvieran pendientes.
Hacienda utiliza este método para cobrarse los adeudos de los contribuyentes que tienen con cualquier administración. De hecho, esta compensación se hace a lo largo de toda la campaña y también una vez terminada.
Los autónomos pueden interponer un recurso si se les aplica de oficio este mecanismo de compensación.
En el mes de septiembre, se estima que todavía quedarían miles de devoluciones solicitadas por autónomos y sinabonar. De todos estos pagos pendientesa los contribuyentes, es probable que muchos se realicen, pero por menor cuantía de la que se había solicitado.
Esta demora en las devoluciones de pago a los contribuyentes se debe principalmente por dos motivos:
La compensación de oficio para cobrar las deudas pendientes del autónomo con cualquier otra Administración está recogida por ley y es un derecho de la Administración que puede aplicar.
Sin embargo, hay algunos casos en los que se podría recurrir.
Los autónomos tienen dos vías distintas para interponer un recurso y paralizar la compensación de oficio para quese les abone toda la devolución, independientemente de sus deudas.
El mecanismo de compensación, que es un sistema por el cual la Agencia Tributaria se cobre sanciones fiscales, impuestos y hasta multas de tráfico descontando el dinero de la devolución de la RENTA, se suele hacer desde el primer momento que empiezan las declaraciones a devolver.
En caso de que se realice la compensación de oficio, el autónomo tendría derecho a interponer un recurso para paralizar el procedimiento y poder así cobrar toda la devolución de la RENTA.
Sin embargo, este procedimiento sólo se podría llevar a cabo en algunos casos. Los supuestos por los que se podría recurrir esta compensación de oficio son:
Habitualmente cuando Hacienda utiliza el mecanismo de compensación de oficio, lo hacer para cobrar una deuda que existe y cuya cantidad ya conoce
Pero no todas las compensaciones de oficio son siempre correctas. Puede darse el caso que la activación del mecanismo por parte de Hacienda no se corresponda con la deuda que el autónomo mantiene con el Fisco.
En estos casos, los autónomos tienen la posibilidad de recurrir el acuerdo de compensación en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la notificación.
Para ello, pueden recurrir a dos vías:
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