El modelo 190 de retenciones de la Agencia Tributaria consiste en un resumen anual de las retenciones que se han ido practicando a lo largo del año con el IRPF a los trabajadores mediante la nómina, y a empresarios y autónomos mediante facturas.
Este modelo supone únicamente una declaración informativa de tributos, por lo que no está sujeto a ningún pago a cuenta, y resume la información de las distintas declaraciones presentadas por personas fisicas y jurídicas mediante las trimestrales, con el modelo 111. Donde tambien se declaran ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
Por norma general, todos aquellos que hayan presentado durante el año en curso el modelo 111 trimestralmente (mensualmente en caso de las grandes empresas), deberán presentar también el modelo 190 ante Hacienda, coincidiendo con la presentación del modelo 111 del último trimestre del año.
En este caso, los autónomos y empresarios que hayan satisfecho alguna de las siguientes rentas, por lo tanto, deberán presentar este modelo:
Si quieres consultar con más detalle estos supuestos, así como las condiciones particulares en las que se debe declarar cada una de las ganancias, puedes consultar el Artículo 2 de la Orden EHA/3127/2009 del 10 de noviembre, en la que se aprueba el modelo 190 o directamente las instrucciones de presentación del modelo 190 publicadas por la Agencia Tributaria.
El modelo 190 se presenta ante Hacienda de forma telemática mediante su sede electrónica, coincidiendo con su correlativo, el modelo 111, aunque este modelo tiene un plazo algo más prolongado, puesto que puede presentarse entre el 1 y el 31 de enero del año siguiente al ejercicio declarado mediante el formulario.
En el caso de que quieras llevar a cabo una declaración complementaria o sustitutiva debido a que hayas olvidado algún dato o porque quieras cambiar una por otra, también deberás presentar este modelo.
A la hora de presentar el modelo 190, deberás tener en cuenta los apartados que te contamos a continuación.
Una vez que hayas completado estos pasos, simplemente deberás de presentar el modelo 190 ante Hacienda, y ya habrás finalizado todo el procedimiento.
Ten en cuenta que este tipo de formularios son obligatorios, y aunque no supongan el pago de ningún impuesto, deberás tener en cuenta que no realizarlo o rellenar el formulario de forma incorrecta podría suponer una sanción.
Por este motivo, siempre te recomendamos que para este tipo de trámites cuentes con profesionales expertos en cuestiones de impuestos, para evitar cualquier tipo de sobresalto, y que se encarguen de presentar todos los modelos necesarios para tu negocio de forma correcta y dentro de los plazos de presentación establecidos por la Hacienda Pública.
Si necesitas ayuda a la hora de presentar tus modelos, no dudes en contactar con nosotros para lo que necesites ¡Te esperamos!