Nuevo permiso por nacimiento ya en vigor: Estas son todas las novedades

01/08/2025
Nuevo permiso por nacimiento ya en vigor: Estas son todas las novedades

El equilibrio entre la vida laboral y familiar es una de las grandes preocupaciones para muchos trabajadores, especialmente cuando llega un nuevo miembro a la familia. En este sentido, los permisos por nacimiento y cuidado del menor han sido objeto de reformas importantes para buscar favorecer la igualdad y ofrecer mayor apoyo a los padres.

El 31 de julio de 2025 entró en vigor el Real Decreto-ley 9/2025, que modifica los artículos 48.4 y 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, ampliando los permisos por nacimiento y cuidado del menor. Esta reforma responde a la necesidad de transponer la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional. En este artículo te explicamos qué ha cambiado y cómo afecta tanto a trabajadores como a empresas.

¿Qué establece el nuevo permiso por nacimiento?

La reforma amplía el permiso por nacimiento y cuidado del menor a 19 semanas para cada progenitor en familias biparentales respecto a las 16 semanas por progenitor que se establecían anteriormente, y a 32 semanas en familias monoparentales. Estos cambios se detalla lo siguiente:

  • 6 semanas son obligatorias e ininterrumpidas tras el parto.
  • 11 semanas adicionales pueden disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 12 meses.
  • 2 semanas (4 en caso de monoparentalidad) pueden distribuirse hasta que el menor cumpla 8 años.

Estas semanas se retribuyen al 100% del salario, a cargo de la Seguridad Social. 

Esquema comparativo: permisos por nacimiento y cuidado del menor

1. Permiso por nacimiento y cuidado del menor (Art. 48.4 ET)

Conceptosistema anterior (RD 6/2019)Nuevo sistema (RD-ley 4/2025)
Duración total16 semanas por progenitor19 semanas por progenitor
Distribución obligatoria6 semanas ininterrumpidas tras el parto
6 semanas ininterrumpidas a jornada completa tras el parto
Distribución flexible10 semanas hasta los 12 meses11 semanas hasta los 12 meses
Semanas adicionalesNo previstas2 semanas más, hasta que el menor cumpla 8 años (*1)
Remuneración100%, con prestación de la Seguridad SocialIgual: 100%, a cargo de la Seguridad Social
TransferibilidadNo transferiblesSe mantiene la no transferibilidad
Equiparación hombre-mujer
Sí, igualdad plenaSe mantiene
Familias monoparentalesNo reguladoReconocimiento de un permiso total de 32 semanas:
  • 6 semanas obligatorias
  • 22 semanas hasta los 12 meses
  • 4 semanas hasta los 8 años
2. Permiso parental para cuidado de menores (Art. 48 bis ET)

conceptosistema anteriornuevo sistema (RD-ley 4/2025)
Duración8 semanas por progenitor8 semanas por progenitor
Edad del menorHasta que cumpla 8 añosHasta que cumpla 8 años
ModalidadCompletas o parciales, continuas o noIgual (con posibilidad de disfrute semanal o fraccionado)
RemuneraciónNo retribuidoNo retribuido (pendiente de futura regulación parcial)

Aclaraciones

  • (*1) Las 2 semanas adicionales por progenitor se disfrutan en semanas completas, acumuladas o fraccionadas, hasta que el menor cumpla 8 años. Su finalidad es el cuidado directo del menor.
  • En familias monoparentales, el único progenitor puede acumular la totalidad de semanas (hasta 32) de forma flexible.
  • El disfrute del permiso flexible o adicional deberá ser pactado con la empresa (distribución, aviso, acumulación).

* Disfrute retroactivo - El nuevo permiso de 2 semanas adicionales por cada progenitor se reconoce con efecto retroactivo por nacimientos, adopciones o acogidas a partir del 2 de agosto de 2024.

¿Cómo afecta a las empresas?

Las empresas deben adaptar sus políticas de recursos humanos para cumplir con la nueva normativa:

  • Comunicación anticipada - Los trabajadores deben informar con al menos 15 días de antelación sobre su intención de disfrutar del permiso.
  • Organización de turnos - Es recomendable planificar con antelación para cubrir las ausencias.
  • Cumplimiento de la ley - Es esencial garantizar que los derechos de los trabajadores sean respetados para evitar sanciones.

¿Qué deben saber los trabajadores?

Los trabajadores deben estar informados sobre sus derechos:

  • Derecho individual - El permiso es intransferible y no puede ser cedido al otro progenitor.
  • Solicitud - Debe realizarse con la antelación requerida y en los plazos establecidos.
  • Compensación económica - Durante el permiso, se percibe el 100% del salario, a cargo de la Seguridad Social.

Plazo para inicio de solicitudes y requisitos

Este nuevo derecho podrá ser solicitado a partir del 1 de enero de 2026, de forma independiente, aunque el resto del permiso ya haya sido disfrutado. Los requisitos para solicitar el permiso son:

  • Sujeto a comunicación a la empresa con al menos 15 días de antelación.
  • Debe disfrutarse en semanas completas, de forma acumulada o interrumpida.
  • Compatible con jornada completa o parcial, previo acuerdo con la empresa.

La ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor es un paso importante hacia la igualdad y la conciliación de la vida laboral y familiar. Es fundamental que tanto empresas como trabajadores estén informados y cumplan con la nueva normativa para garantizar el respeto de los derechos laborales.

En Asesoría Prego te ayudamos a adaptar tu empresa a los cambios legislativos y a garantizar el cumplimiento de los derechos de tus trabajadores así como guiamos a todos los trabajadores para cumplir con la ley.

⁠⁠Almudena Prego Rodríguez
Responsable del área laboral y administrativa