Subvenciones para sufragar parte de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes al régimen especial o sistema especial por cuenta propia del año 2025 de personas autónomas en los meses en los que no reciban otras ayudas concedidas por entidades u organismos públicos o privados.
Este programa está dirigido a municipios de la provincia de A Coruña con menos de 10.000 habitantes, con el objetivo de garantizar la supervivencia y fortalecimiento del tejido empresarial autónomo.
La publicación de la convocatoria determinará el plazo de presentación de solicitudes, que será desde el 17/02/2025 a las 09:00 horas hasta el 17/03/2025 a las 14:00 horas.
Estas ayudas están dirigidas a personas autónomas que no reciban en el año 2025 ninguna otra ayuda o concepto similar, conforme a la definición contenida en la Base 5: Compatibilidades y Exclusiones.
Se permitirá la actividad económica del grupo 86 (Alquiler de bienes inmuebles) recogida en este certificado únicamente si se cuenta con al menos un empleado contratado a jornada completa.
¡Importante!
Si se reciben otras ayudas durante parte del año, solo podrán solicitarse subvenciones para los meses en los que no se perciban, siempre que el número de meses sin ayuda sea igual o superior a seis.
Se subvencionarán las cuotas mensuales de los autónomos correspondientes al año 2025, siempre que no reciban ninguna otra ayuda.
– Cuotas correspondientes a períodos inferiores a un mes natural (por ejemplo, si el alta no es el primer día del mes o si parte de la cuota no es asumida por el autónomo).
– Cuotas completas inferiores a 200 €.
La ayuda consistirá en una cantidad fija de 200 € por cada mes en el que se cumplan los requisitos, hasta un máximo de 12 meses y un mínimo de 6 meses, conforme al siguiente cuadro:
Meses Subvencionados | Cuantía Total (€) |
12 meses | 2.400 € |
11 meses | 2.200 € |
10 meses | 2.000 € |
9 meses | 1.800 € |
8 meses | 1.600 € |
7 meses | 1.400 € |
6 meses (mínimo requerido) | 1.200 € |
Esta ayuda será incompatible con cualquier otra ayuda pública o privada que financie los mismos conceptos subvencionados por esta convocatoria.
Se considerarán ayudas públicas o privadas:
No podrán beneficiarse de esta ayuda:
– Autónomos que fueron beneficiarios de las ayudas PEL Autónomos/as 2024 y PEL Autónomos/as Consolidados/as 2024.
– Autónomos colaboradores.
– Autónomos económicamente dependientes (TRADE), regulados en la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajador Autónomo.
– Mutualistas de colegios profesionales.
– Autónomos societarios.
Las personas beneficiarias de la línea PEL Autónomos/as, además de cumplir con las Bases Generales Reguladoras de los programas de subvención de la Deputación Provincial da Coruña para 2025, deberán asumir los siguientes compromisos:
No se considerará interrupción el cese de actividad siempre que no implique baja en el régimen de la Seguridad Social ni en el censo de actividades económicas.