Revisión de la Prestación por Cese de Actividad a Autónomos

03/10/2024
Revisión de la Prestación por Cese de Actividad a Autónomos

Las Mutuas están revisando la prestación por cese de actividad del COVID-19 a los autónomos

Cuando entramos en época de la pandemia, las prestaciones que se realizaron por cese de actividad de los trabajadores autónomos fueron solicitadas presentando una declaración responsable, de cumplir con los requisitos para confirmar así el reconocimiento de estas prestaciones.

Esto podía ser revisado con posterioridad, pues así se establecía en las distintas normas que, desde 2020 hasta 2022, han regulado esta prestación.

Y es que el reconocimiento de la prestación extraordinaria por cese de actividad por COVID-19 se realizó de forma provisional.

Dichas resoluciones provisionales podían ser revisadas por las Mutuas que las concedieron, que disponen de hasta 4 años para reclamar las cantidades indebidamente percibidas, así como las cuotas de autónomos dejadas de ingresar por esta causa.

¿Cuáles son los requisitos que están revisando las mutuas?

Los requisitos que están revisando las mutuas se concentran los que se recogen en la normativa reguladora de cada prestación:

  • Documentación aportada
  • Importe de prestación concedido
  • Incumplimiento de límites de ingresos y reducción de la facturación
  • No suspensión de la actividad
  • No estar al corriente de pago con la Seguridad Social

¿Qué le exigen al trabajador autónomo afectado?

Lo que las mutuas exigen a los autónomos es que se justifique cada una de las incidencias detectadas, aportando la documentación que resulte pertinente.

Las Mutuas están concediendo a los afectados un plazo entre 10 y 15 días para que aporten la justificación que se les solicita.

¿Qué puede hacer el autónomo para evitar esto?

  • Justificar el cumplimiento de los requisitos dentro del plazo
  • Devolver el importe reclamado si no cumple los requisitos

¿Qué trámites se siguen tras el plazo para justificar?

  • Anulación de la concesión provisional si no se cumplen requisitos
  • Revocación parcial si se percibió cantidad superior
  • Posibilidad de reclamación si no se está de acuerdo

¿Qué sucede en caso de que esté todo correcto?

Si se comprueba que se cumplían todos los requisitos, la resolución provisional se convertirá en definitiva.

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⁠⁠Almudena Prego Rodríguez
Responsable del área laboral y administrativa