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Subida del SMI en 2022

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Subida del SMI en 2022
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La subida del SMI en 2022 está legislada en el Real Decreto 152/2022 del 22 de febrero, en el que se estipula que el Salario Mínimo Interprofesional para el 2022 ascenderá a 33,33 euros diarios o 1.000 euros al mes, dependiendo de la forma en que se haya fijado el salario. Este salario queda fijado para este año entrando en vigor con efecto retroactivo a día 1 de enero de 2022.

Este Salario Mínimo Interprofesional es la cuantía mínima que un empleador deberá pagar sus empleados por el desarrollo de su trabajo en la empresa durante un periodo dado, que nunca superará un total de 40 horas semanales.

¿Cuáles son los complementos salariales que computan?

El incremento debe partir del salario base, es decir, la retribución mensual establecida en el contrato particular que el empleador paga al trabajador, o en el caso de que existiera, del convenio colectivo aplicable. Este salario se abonará en 14 pagas de 1.000 euros, salvo acuerdo expreso de que este pago se haga prorrateado, realizándolo así en un total de 12 pagas por valor de 1.166,66 euros.

Los complementos tenidos en cuenta a la hora de calcular el SMI son los complementos salariales percibidos por todas las personas trabajadoras, los que perciben todas las personas por igual.

La doctrina legal en materia de trabajo, así como la jurisprudencia se han pronunciado ya en este sentido a favor de que todos aquellos pluses que no sean comunes al colectivo de trabajadores (nocturnidad, productividad, peligrosidad, antigüedad, guardias, …), de tal forma que este tipo de añadidos al salario no se pueden computar como salario mínimo, de tal forma que deberán de añadirse a la base, que es la que deberá ser al menos igual al SMI fijado para este 2022.

Particularidades de la subida del SMI en 2022

En el caso concreto de las personas en situación de trabajo eventual, temporero o empleo en el hogar, debemos atender a unas circunstancias particulares en cuanto al pago de los salarios cuando sus servicios para la empresa no sean superiores a los 120 días (4 meses), cumpliendo los siguientes criterios:

  • Hacer efectivo el pago de la parte proporcional de la retribución de domingos y festivos
  • Abonar dos pagas extraordinarias sobre un salario de 30 días, con un SMI diario de 47,36 euros como mínimo, superior al SMI general.

Los principales beneficiarios de la subida del SMI en 2022: trabajadores sin convenio colectivo

Como sabemos, el Salario Mínimo Interprofesional fijado por el Gobierno delimita el mínimo que un profesional en nómina puede cobrar a la hora de realizar su trabajo en una jornada completa de 40 horas. De esta forma, los principales beneficiarios no serán los profesionales que ya tienen un convenio colectivo firmado, puesto que los salarios habitualmente se encuentran por encima de este límite, sino que afecta especialmente a todos aquellos profesionales que, careciendo de un convenio específico, cobraban menos de esta cantidad.

De esta forma, en caso de que tengas un empleado en tu empresa y este carezca de convenio colectivo, el monto que deberás pagarle deberá igualar, al menos los 14.000 euros (1.000 euros al mes en 14 pagas) brutos anuales, sin incluir ningún complemento salarial causal.

El impacto de la subida del SMI en 2022

A efectos de cotización, una mejora en los salarios afectará en unas mayores cotizaciones a la Seguridad Social, reportando más fondos al Estado para financiar su actividad. En este sentido los efectos serán beneficiosos, sin embargo, esta medida también afectará a los autónomos, puesto que, al incrementar el Salario Mínimo Interprofesional, se incrementan inevitablemente las bases de cotización mínima, de tal forma que las cuotas por cese de actividad y contingencias profesionales se incrementarán un 0,1% y un 0,2% respectivamente, haciendo que las cuotas asciendan al 30,6%.

Esta medida afectará, según las previsiones del Ministerio de Trabajo, a cerca de dos millones de personas trabajadoras, principalmente los más jóvenes y las mujeres, que verán este incremento en sus nóminas, independientemente de si trabajan a jornada completa o a jornada parcial, puesto que el incremento en esta jornada será proporcional y de obligado cumplimiento por parte de las empresas pagadoras.

Como cabría esperar, esta medida afectará tanto a empresas como a autónomos, que también deberán pagar el SMI en las mismas condiciones a cada persona trabajadora empleada, en el caso de que las tuvieran.

Autor: Gestion Demadi

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