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Nueva ayuda Transporte por Carretera 2023

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Camiones parados frente a la carretera
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Nueva ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera.

¿Quién puede ser beneficiario?

Trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España que, en fecha 30 de junio de 2023 se encontraran de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, y hayan sido remitidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con información del NIF del transportista, tipo de licencia de la que es titular y número de vehículos y clasificación.

¿Quién no puede ser beneficiario?

No pueden ser beneficiarios de modo alguno las personas físicas o sociedades afectadas por sanciones que la Unión Europea haya podido establecer a raíz de la invasión de Ucrania por parte de Rusia.

¿Qué ayudas son incompatibles con la solicitud de esta?

Las ayudas para beneficiarios de la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo profesional, por lo que no se aplicará la ayuda a los vehículos que tengan derecho a la mencionada devolución.

Plazo de Solicitud

La solicitud se podrá presentar durante el periodo comprendido entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023.

¿Qué requisitos son necesarios para solicitarla?

  • Que no sean susceptibles de beneficiarse de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.
  • Sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, atendiendo al número y tipología de los vehículos adscritos a la autorización y se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
  • Tengan a su disposición licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi. (En el caso de taxistas que operen en la zona).

Necesitan cumplir el requisito de ser titular de una licencia VT. Se considera cumplido con la licencia expedida en Ceuta y Melilla para vehículos taxi siempre que disponga de ella a fecha 30de junio de 2023.

  • Sean titulares de autobuses urbanos conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y que a fecha 30 de junio de 2023, se encuentren de alta en el Registro de vehículos de la Jefatura central de Tráfico.
  • Los beneficiarios deberán desarrollar una actividad que se encuadre en los siguientes códigos CNAE:
Código CNAE Actividad: A) Transportes
4932 Transporte por taxi
4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
4941 Transporte de mercancías por carretera
4942 Servicios de mudanza
8690 Servicio de transporte sanitario de personas
4931 Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros

¿Qué importe concede con la ayuda de transporte?

El importe individual de la ayuda se determina atendiendo al número y tipo de vehículo explotado por cada beneficiario de acuerdo con la tabla siguiente:

Vehículo Importe (euros)
Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA ≥7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL 1.845
Mercancías pesado. MDPE con MMA ≥7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla 1.350
Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA 500
Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE 225
Ambulancia VSE 225
Taxis. VT. con tipo de combustible GLP, GNC o GNL. 205
Taxis. VT con tipo de combustible gasolina. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla o sin aparato taxímetro 150
Vehículo alquiler con conductor. VTC 150
Autobús. VDE y tipo de carburante GLP, GNC o GNL 1.025
Autobús. VDE y tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla 750
Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos y tipo de combustible GLP, GNC o GNL 1.025
Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla 750
Autor: Demadi

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